Campañas Activas

A continuación mostramos el detalle de nuestras campañas comerciales.

CAMPAÑA: ANÁLISIS DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE IMPACTO

EL REGLAMENTO (UE) 2016/679 de protección de datos (RGPD) OBLIGA A REALIZAR UN ANÁLISIS DE RIESGOS DE PROTECCIÓN DE DATOS de los tratamientos que llevan a cabo (datos de clientes, empleados, proveedores, contactos, etc.). Además de éstos, y a causa del episodio del COVID19, es posible que ahora realicen tratamiento de datos (de salud y/o biométricos) que no hacían con anterioridad (toma de temperatura de empleados y visitantes, realización de tests, reconocimiento facial…). Quizá ya empezaron a hacerlo en su momento con el tema del control de la jornada laboral (por el método que fuera).

Es por ello que les proponemos realizar su Análisis de riesgos de protección de datos. El resultado del Análisis de riesgos determinará también si alguno de los tratamientos está obligado por normativa (art. 35 RGPD y listas de tratamientos de la AEPD) a realizar una EVALUACIÓN DE IMPACTO DE PROTECCIÓN DE DATOS

Pero será tan solo una vez concluido el Análisis de riesgos cuando se podrá determinar la necesidad de realización de evaluación de impacto sobre uno o varios tratamientos de datos teniendo en cuenta si dichos tratamientos puede entrañar un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas.


CAMPAÑA: CIBERATAQUES A EMPRESAS ¿Y SI EL PRÓXIMO FUERA A LA SUYA?

Por desgracia, noticias como ésta ya no nos suenan tan “lejanas”, ni tan como  “…somos una PYME y a mí esto no me pasará”, porque es casi seguro que alguien de nuestro entorno -si no nosotros mismos- ya haya sido víctima de uno de los miles de ciberataques que se producen cada día. Y el teletrabajo, no ha hecho más que aumentar los riesgos.

Nada puede librarnos al 100% de ser víctimas de un ciberataque; pero sí podemos ponerle lás máximas trabas y el máximo de medidas de seguridad posibles. Y, por descontado, contar con un PROTOCOLO DE GESTIÓN DE INCIDENCIAS DE SEGURIDAD.

Y, para el momento inmediatamente después de haberlo sufrido, nada mejor que tener la tranquilidad -relativa, claro- de poder contactar con un SEGURO DE CIBERATAQUES.

Porque las consecuencias de un ciberataque pueden ser graves. Con un Seguro de Ciberataques no deberá preocuparse -más de lo debido- por los gastos derivados de la pérdida de datos, de restablecimiento de software, de equipos, ni por la pérdida de beneficios por inactividad, el error humano y el de programación, sanciones: estarán dentro de la cobertura de ese seguro. ¿A que, de tenerlo ya ahora, se sentiría más seguro?. ¡Pase a la acción!.


CAMPAÑA:  SU SITIO WEB, ALINEADO CON LA LEGALIDAD.

Tras la actualización de la Agencia Española de Protección de Datos de su “GUÍA DE COOKIES”, se fija como fecha límite parala adecuación de las webs el 31 de octubre de 2020.

¿ Cuál es el grado de cumplimiento de su sitio web, y no solo en lo que a “cookies” se refiere, sino también a su adecuación a las distintas normativas legales que las regulan.?

Con especial atención a las cookies, procederemos a la revisión de todos los textos legales de su sitio web (aviso legal, política de privacidad, banner de inicio de cookies, política de cookies, condiciones de uso y -si las hubiera- las condiciones de uso y/o generales de contratación); pero además verificaremos la idoneidad de su ubicación en el sitio web y la accesibilidad a los mismos. El servicio incluye la modificación, actualización o adecuación de los nuevos textos así como las directrices para la presentación y solicitud del consentimiento para las cookies.

No sólo se trata de cumplir con la normativa sino también de generar confianza en los usuarios. Las sanciones por incumplimiento, o por un cumplimiento erróneo o incompleto de la legalidad, son mucho más que simbólicas.


CAMPAÑA: POLÍTICAS DE USO DE LOS RECURSOS TECNOLÓGICOS    

¿SUS EMPLEADOS y/o COLABORADORES TIENEN EN SU TELÉFONO MÓVIL PARTICULAR SU CUENTA DE CORREO PROFESIONAL? Mal asunto, si no se toman medidas previas…

Los móviles corporativos deben tener implementadas las medidas de seguridad necesarias para evitar el acceso y el uso no autorizado de la información que contienen en caso de pérdida o sustracción. En el caso de los móviles particulares de empleados que se destinen a usos profesionales, estas medidas de seguridad siguen siendo necesarias, al ser la empresa la Responsable del Tratamiento de los datos y deberán ser implementadas con anterioridad a su utilización profesional, estableciendo una normativa clara que deban seguir los empleados (Políticas de BYOD – Bring Your Own Device).

LA NECESIDAD DE CONTAR CON UNA POLÍTICA DE USO DE LOS RECURSOS TECNOLÓGICOS: Los recursos tecnológicos que la empresa pone a disposición de sus empleados deben contar con una Política que regule determinados aspectos como los límites al uso de los equipos, la gestión de las medidas de control, el derecho a la desconexión digital, etc. No solo resulta una obligación derivada de la legislacióna vigente sino que resulta recomendable para evitar incidentes o problemas internos.