R-11: “TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos 1. Podrá realizarse una transferencia de datos personales a un tercer país u organización internacional cuando la Comisión haya decidido que el tercer país, un territorio o uno o varios sectores específicos de ese tercer país, o la organización internacional de que seSigue leyendo “R-11: “TRANSFERENCIAS INTERNACIONALES DE DATOS””

R-10: “EL DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS” (“DPD”, O “DPO”)

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos (A)  Designación del delegado de protección de datos 1. El responsable y el encargado del tratamiento designarán un delegado de protección de datos siempre que: a) el tratamiento lo lleve a cabo una autoridad u organismo público, excepto los tribunales que actúen enSigue leyendo “R-10: “EL DELEGADO DE PROTECCIÓN DE DATOS” (“DPD”, O “DPO”)”

R-9: “CONSULTA PREVIA”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos 1. El responsable consultará a la autoridad de control antes de proceder al tratamiento cuando una evaluación de impacto relativa a la protección de los datos en virtud del artículo 35 muestre que el tratamiento entrañaría un alto riesgo si el responsable noSigue leyendo “R-9: “CONSULTA PREVIA””

R-8: “EVALUACIÓN DE IMPACTO RELATIVA A LA PROTECCION DE DATOS”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos 1. Cuando sea probable que un tipo de tratamiento, en particular si utiliza nuevas tecnologías, por su naturaleza, alcance, contexto o fines, entrañe un alto riesgo para los derechos y libertades de las personas físicas, el responsable del tratamiento realizará, antes del tratamiento,Sigue leyendo “R-8: “EVALUACIÓN DE IMPACTO RELATIVA A LA PROTECCION DE DATOS””

R-7: “NOTIFICACIÓN DE UNA VIOLACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LOS DATOS PERSONALES A LA AUTORIDAD DE CONTROL DE REGISTRO DE LAS ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos 1. En caso de violación de la seguridad de los datos personales, el responsable del tratamiento la notificará a la autoridad de control competente de conformidad con el artículo 55 sin dilación indebida y, de ser posible, a más tardar 72 horas después deSigue leyendo “R-7: “NOTIFICACIÓN DE UNA VIOLACIÓN DE LA SEGURIDAD DE LOS DATOS PERSONALES A LA AUTORIDAD DE CONTROL DE REGISTRO DE LAS ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO””

R-6: “REGISTRO DE LAS ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos 1. Cada responsable y, en su caso, su representante llevarán un registro de las actividades de tratamiento efectuadas bajo su responsabilidad. Dicho registro deberá contener toda la información indicada a continuación: a) el nombre y los datos de contacto del responsable y, enSigue leyendo “R-6: “REGISTRO DE LAS ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO””

R-5: “RESPONSABILIDAD DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos 1. Teniendo en cuenta la naturaleza, el ámbito, el contexto y los fines del tratamiento así como los riesgos de diversa probabilidad y gravedad para los derechos y libertades de las personas físicas, el responsable del tratamiento aplicará medidas técnicas y organizativas apropiadas aSigue leyendo “R-5: “RESPONSABILIDAD DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO””

R-4: “DERECHO A LA PORTABILIDAD DE LOS DATOS”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos 1. El interesado tendrá derecho a recibir los datos personales que le incumban, que haya facilitado a un responsable del tratamiento, en un formato estructurado, de uso común y lectura mecánica, y a transmitirlos a otro responsable del tratamiento sin que lo impidaSigue leyendo “R-4: “DERECHO A LA PORTABILIDAD DE LOS DATOS””

R-3: “DERECHO DE SUPRESIÓN”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos (El conocido también como “derecho al olvido”) 1.  El interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los datos personales que le conciernan, el cual estará obligado a suprimir sin dilación indebida los datos personales cuando concurraSigue leyendo “R-3: “DERECHO DE SUPRESIÓN””

R-2: “CONDICIONES PARA EL CONSENTIMIENTO”

Algunas de las novedades del Reglamento europeo (2016/679) de protección de datos 1. Cuando el tratamiento se base en el consentimiento del interesado, el responsable deberá ser capaz de demostrar que aquel consintió el tratamiento de sus datos personales. 2. Si el consentimiento del interesado se da en el contexto de una declaración escrita queSigue leyendo “R-2: “CONDICIONES PARA EL CONSENTIMIENTO””