Mañana, 1 de Julio, entra en vigor la LEY DE SEGURIDAD CIUDADANA; las 44 conductas que se sancionarán:
INFRACCIONES MUY GRAVES (multa de 30.001 a 600.000 euros):
- Manifestarse sin comunicarlo en lugares “críticos” como centrales nucleares o aeropuertos, invadirlos o sobrevolarlos.
- Fabricar, traficar y poseer ilegalmente armas reglamentarias y explosivos.
- Celebrar espectáculos públicos o actividades recreativas cuando han sido prohibidos con anterioridad.
- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a conductores de tren, metro o pilotos.
INFRACCIONES GRAVES (Multa de 601 a 30.000 euros):
- Perturbar el orden en actos públicos, deportivos, culturales, espectáculos, oficios religiosos u otras reuniones numerosas cuando no sean constitutivas de delito.
- Manifestaciones no comunicadas ante el Congreso, el Senado, los parlamentos autonómicos o los altos tribunales, aunque no tengan actividad.
- Los desórdenes graves en vía pública y las barricadas.
- Impedir la ejecución de desahucios ordenados por el juez.
- Obstaculizar gravemente la actuación de los servicios de emergencia.
- Desobediencia o resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones y la negativa a identificarse.
- La negativa a disolver reuniones o manifestaciones cuando lo ordene la autoridad, las conocidas como “sentadas”.
- Perturbar una manifestación autorizada.
- La intrusión o sobrevuelo en infraestructuras o instalaciones en las que se presten servicios básicos para la comunidad como aeropuertos, centrales nucleares, etc.
- Portar, exhibir o usar armas prohibidas.
- La demanda de servicios sexuales en las proximidades de zonas infantiles, como parques o colegios, o en lugares donde se ponga en peligro la seguridad vial, como los arcenes. Será multada la conducta si la persona persiste en su actitud a pesar de ser advertida por los agentes.
- Obstruir inspecciones en fábricas, locales y establecimientos.
- Uso de uniformes policiales o de servicios de emergencia sin autorización.
- Consumir drogas en lugares públicos, así como abandonar los utensilios empleados.
- El traslado de personas en vehículos (las cundas) a los poblados de la droga.
- Plantar y cultivar drogas, así como la tolerancia del consumo ilegal de estupefacientes en locales o establecimientos públicos.
- El uso no autorizado de imágenes o datos de los agentes que pueda poner en peligro su seguridad personal o profesional.
INFRACCIONES LEVES (100 a 600 euros):
- Protestas que infrinjan la ley de reunión.
- Exhibir objetos peligrosos con ánimo intimidatorio.
- Las faltas de respeto y consideración hacia los agentes de las fuerzas de seguridad en el ejercicio de sus funciones.
- Realizar o incitar actos que atenten contra la libertad sexual.
- Deslumbrar con dispositivos tipo láser a las fuerzas de seguridad.
- La ocupación de cualquier espacio común, público o privado (los okupas y las acampadas), así como la venta ambulante no autorizada.
- Perder tres veces o más el DNI en un plazo de un año y la negativa a entregar este documento cuando se acordara su retirada.
- Los daños leves a mobiliario urbano como marquesinas, papeleras o contenedores, así como las pintadas y los grafiti.
- El consumo de alcohol en la calle, el conocido como botellón, cuando perturbe gravemente la tranquilidad ciudadana.
- Escalar a edificios o monumentos.
- Retirar las vallas de la Policía que delimitan perímetros de seguridad.